- El presente decreto deja sin efectos al artículo 1.12. del «Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa», publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013.
- Este decreto tiene fecha de aplicación a partir del 01 de mayo de 2024, por lo que recomiendo verificar la actualización de tus procesos de nómina.
- Se otorga un Subsidio para el Empleo (SPE) mensual hasta por la cantidad para 2024 de $390.12 (UMA Mensual 2024 $3,300.53 por Porcentaje de SPE Mensual 11.82%).
- El SPE se aplicará sobre ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados a salarios del artículo 94 fracción I de la LISR (Sueldos a funcionarios de la federación, entidades federativas, municipales y miembros de las fuerzas armadas).
No aplica a pagos por separación tales como primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos por separación. - La base de aplicación del SPE no es infinita, sino que se topa hasta la cantidad de $9,081.00 mensuales (equivalente a 1.20 veces el Salario Mínimo General del resto del país).
- El beneficio de aplicación del SPE a partir del 01 de mayo de 2024, no beneficia a los salarios mensuales de la Zona Libre de la Frontera Norte: $11,396.66 contra $9,081.00, SIN APLICACIÓN DEL SPE.
- Los beneficiados del SPE a partir del 01 de mayo de 2024, serán los trabajadores que perciban salarios en lugares diferentes a la Zona Libre de la Frontera Norte, esto es, el Resto del País.
- El rango de beneficio de aplicación del SPE se da para salarios que van desde 1.00 hasta 1.20 veces el SMG del resto del país; lo anterior en la inteligencia que los salarios que excedan 1.20 veces el SMG, no tendrán beneficio del SPE a partir del 01 de mayo de 2024.
- De lo observado en los rangos salariales de 1.00 a 1.20 veces el Salario Mínimo General del Resto del País, el SPE es insuficiente para abatir el ISR a cargo de los trabajadores con salarios en los rangos antes señalados.
En consecuencia, ningún trabajador tendrá SPE a entregar o devolver. - Es importante que los patrones observen el efecto de la nueva forma de determinar y asignar al SPE a los trabajadores, por que aun así habrá ISR a retener.
Fuente: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5725287&fecha=01/05/2024#gsc.tab=0

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